El artículo 99 de la Constitución Española regula el proceso para elegir al Presidente del Gobierno.
Te lo explico paso a paso de forma sencilla:
- Propuesta del Rey:
- Después de unas elecciones generales, el Rey consulta con los representantes de los partidos políticos que han obtenido escaños en el Congreso de los Diputados.
- Basándose en esas consultas, el Rey propone a un candidato para ser Presidente del Gobierno.
- Debate en el Congreso:
- El candidato propuesto presenta su programa de gobierno ante el Congreso de los Diputados y solicita su confianza.
- Primera votación:
- Para ser elegido, el candidato necesita el apoyo de la mayoría absoluta (más de la mitad de los diputados).
- Segunda votación (si es necesario):
- Si no consigue la mayoría absoluta, se realiza una segunda votación 48 horas después. En esta, basta con que obtenga más votos a favor que en contra (mayoría simple).
- Si no se elige a nadie:
- Si después de dos meses desde la primera votación ningún candidato logra ser elegido, se disuelven las Cortes Generales y se convocan nuevas elecciones.
En resumen, este artículo establece cómo se elige al Presidente del Gobierno, asegurando que cuente con el apoyo del Congreso. 😊
PLAZOS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA I
- 48h Art. 99.3 para que se lleve a cabo una segunda votación para otorgar la confianza a un candidato como presidente del Gobierno si no se alcanza la mayoría necesaria en la primera votación.
PLAZOS DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA II
- 2 meses: Art. 99.5
Para que, si hay una primera votación en el Congreso para otorgar la confianza para ser presidente del Gobierno y no se obtiene la mayoría necesaria, el Rey disuelva las Cámaras y convoque nuevas elecciones.